El art. 100 incisos 6º y 7º de la Constitución Nacional, establece que al Jefe del Gabinete de Ministros le corresponde enviar al Congreso la ley de Presupuesto nacional previo tratamiento en acuerdo del Gabinete de Ministros y aprobación del Poder Ejecutivo, así como hacer recaudar las rentas de la Nación y ejecutar la ley de Presupuesto Nacional. El art. 99, inciso 10º faculta y obliga a la Presidenta de la Nación a supervisar el ejercicio de esa potestad del Jefe de Gabinete.-
Se trata de deberes y atribuciones que nuestra Constitución pone exclusivamente a cargo de la Presidenta, jefa suprema de la Nación, jefa del gobierno y responsable política de la administración general del país (Arg. Art. 99 inc. 1º de la C. Nacional)
El inciso 8º del art. 75 de la ley fundamental pone a cargo del Congreso fijar anualmente el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la administración nacional en base al programa general de gobierno y al plan de inversiones públicas.-
Esto deja claro que el programa general de gobierno y el plan de inversiones públicas lo establece el Poder Ejecutivo, cuyo responsable es el Presidente. Quiere decir que tomándose en consideración las normativas ya dadas por el Congreso, conforme los incisos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del mismo art. 75, al órgano legislativo le compite contralorear si el programa general de gobierno y el plan de inversiones públicas guarda correlación con esa legislación, y, si es así, aprobar el Presupuesto, dándole fijeza normativa formal y material.
En ningún caso el Congreso tiene atribuciones para formular o cambiar el programa general de gobierno ni el plan de inversiones públicas. Estas formulaciones están encomendadas en forma exclusiva y excluyente al Poder Ejecutivo. Las razones que los constituyentes han tenido para dejar en cabeza de la Presidenta, sus ministros, secretarios, subsecretarios y demás funcionarios del órgano ejecutivo, con exclusividad, estas misiones y funciones son: por un lado las que hacen a la plataforma electoral o programa partidario que la Presidenta, como candidata, puso a consideración del electorado que lo votó y eligió en forma directa por cuatro años (Arg. Arts. 90 y 94 C. Nacional); por otro, el lógico manejo de información estadística, técnica, suficiente y necesaria, que los distintos departamentos del órgano ejecutivo tienen a disposición para encarar la elaboración del presupuesto. Elementos con los que no cuenta el Poder Legislativo por la sencilla razón de que su función específica no es gobernar, no es ejecutar. Así la razón constitucional estriba en el principio de funciones específicas e independencia de los Poderes en el Estado de Derecho.-
Si esto no se entiende y se pretende por parte del Congreso formular “per se” o variar la propuesta del Ejecutivo se viola el principio de división e independencia de los poderes del Estado, pero lo más grave es que se burla la voluntad popular que, en el sistema representativo y republicano, es soberana y fuente de toda legitimidad (Arg. Arts. 22 y 33 de la C. Nacional).-
Sabemos que la oposición está acostumbrada, cada vez más, a la violación contumaz, sistemática e insistente de la acción de gobierno. Cree que así tendrá posibilidades de confrontar y eventualmente ganar una elección. Sus representantes más conspicuos, Lilita Carrió, Julio Cleto Cobos, Patricia Bullrich, Ricardo Alfonsín, Gerardo Morales, Giudicci, etcétera, no exponen todavía programas de gobierno alternativos mejores, ejerciendo críticas constructivas, lo que sería lícito y, además, necesario para que el pueblo tenga opciones cuando llegue la hora de votar. Tampoco la Derecha, Pinedo y sus diputados, ni la Centro izquierda, Solanas, Lozano, Donda, concretan propuestas creíbles. El peronismo federal o disidente con representantes como Duhalde, Menen, los hermanos Rodríguez Saa, Graciela Caamaño, etcétera, motorizan y sazonan, sin sentido crítico ni orientación ideológica alguna, sólo espoleados por intereses y resentimientos, esta heterogénea, cínica y amoral oposición. Todos ellos gerencian intereses corporativos poderosos o son sospechosos de hacerlo. Los encabezados por la corporación multimediatica hegemónica, cuyo numen, Héctor Magnetto, parece tenerlos en un puño.-
Únicamente Heller, Sabatella y algunos otros ejercen una oposición constructiva y plausible. Desgraciadamente quien los denunció y conocía bien, Néstor Kirchner, dejó de estar presente físicamente. Pero quedó Cristina y un pueblo más avisado.- Lo que creen ganar los miembros de la amoral oposición lo perderán en las urnas en el 2011.-
AMILCAR BLANCO (Blog destinado preferentemente a la poesía propia) Los derechos de autor de lo publicado y a publicar en este blog están reservados y protegidos por la Dirección Nacional del derecho del autor-dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la República Argentina- Expediente N° 933882
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Es ncesaria la existencia de una oposición política, pero lo malo es que muchas veces frenan, con interminables cortapisas, la labor del ejecutivo y, en última instancia, lo legitimado por el pueblo en las urnas y esto es lo que parece estar ocurriendo en tu país en estos momentos, por lo que nos cuentas, querido amigo. Esperemos que dejen a Cristina elaborar sus presupuestos y continuar con la labor que su marido comenzara sin entrometerse tanto donde no deberían tener competencias.
ResponderBorrarComo siempre, doctos y críticos tus post sobre la realidad política argentina, mi muy querido Amilcar. Te dejo un beso enorme y mis mejores deseos para el fin de semana.
Me halagan tus palabras y que te intereses por la política de este país en el que la Democracia debe madurar. Que sea un excelente fin de semana también para vos.
ResponderBorrarImposible opinar te leo desde lo lejos viviendo en un lugar donde tus palabras son sueños
ResponderBorrarbesos
Upss me equivoqué de blog sorry
ResponderBorrar¡Che, Mucha! como diría Marrone, no te equivoqués. Yo se que lo tuyo es la poesía y no la aburrida política. Así que te mando un saludo y te sigo esperando en mis poemas.
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