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martes, 30 de marzo de 2010

LA INDIVISIBILIDAD DE LAS PERSONAS JURIDICAS PÚBLICAS.- LA REBELIÓN INTESTINA DE LOS ÓRGANOS QUE LAS CONFORMAN Y LA PELIGROSIDAD DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES QUE LES DAN CABIDA.- Las personas jurídicas públicas son la Nación, las Provincias y los Municipios (art. 33 inc. 1º del C.Civil).- Los órganos, también llamados poderes, que las conforman son los cuerpos deliberativos, el instituto ejecutivo y el departamento judicial.- Los tres cumplen funciones definidas y diferenciadas. El órgano deliberativo legisla sancionando leyes y ordenanzas de alcance general y contenido abstracto; el ejecutivo reglamenta estas normas mediante decretos y las hace cumplir; finalmente, el judicial interviene en las controversias individuales que se plantean acerca de su aplicación en un caso dado.- Estas funciones, así resumidas, son las de todo Estado, nacional, provincial o municipal y definen las especialidades de los tres órganos que los componen; se proyectan hacia fuera del Estado y sus destinatarios son los integrantes del pueblo de la nación, tanto las personas de existencia visible como las de existencia ideal.- No deben ni pueden confundirse o sustituirse entre sí sin desnaturalizar el normal desenvolvimiento del Estado hacia dentro y hacia fuera. Siendo el Estado la organización jurídica del poder político este entraría en caos o desorganización si ello sucediera.- Por eso la Constitución y las leyes circunscriben las áreas de potestad, el conjunto de facultades, que cada uno debe y puede ejercer. Teniendo en cuenta todo esto es preciso explicar que los Estados hacia el exterior de sí mismos son indivisibles. Así como una persona no podría partir su cuerpo o su psiquis sin ingresar en un sindrome patológico que la anularía como tal, tampoco los estados, personas jurídicas públicas de existencia ideal, pueden partirse o dividirse sin entrar en un cuadro de descomposición orgánica que los llevaría a la anarquía y anularía sus funciones. Esta indivisibilidad de los Estados, así como de las personas, se manifiesta muy señaladamente cuando deben estar en juicio para defender sus derechos o intereses. Ante los estrados de la Justicia no concurren entonces separadamente el órgano ejecutivo, el deliberativo o el judicial, éstos "per se" carecen de legitimación. A litigar se presentan el Estado Nacional, los Estados Provinciales o los Estados Municipales como tales.
Es por ello que resulta inaceptable jurídica y aún políticamente que los órganos de los estados sean aceptados como partes en un juicio. No deben jamás ser aceptados en tal carácter porque no tienen existencia como personas jurídicas. De ahí la tremenda peligrosidad de las decisiones judiciales que les dan calidad de partes a legisladores atendiendo a que ellos solicitan nulidades de decretos o actuaciones que se dictan o cumplen en los demás órganos del Estado y que deben ser resueltos en el funcionamiento de los mismos órganos. Por caso, si un DNU del Poder Ejecutivo se considera nulo o inconstitucional, el Poder Legislativo lo puede derogar mediante la sanción de una ley y, si no puede hacerlo, porque el cuerpo mayoritariamente decide otra cosa, hay que aceptarlo. Lo mismo sucede con una ley sancionada y promulgada, el Legislativo puede derogarla o modificarla con otra ley. Es peligroso para la Democracia y el Estado de Derecho pretender derogar leyes a través de sentencias ya que, además de constituir ese proceder, una manifestación de voluntarismo político, tiránico y despótico, lleva a la anarquía, el caos y la descomposición de la organización jurídica del poder político.

2 comentarios:

  1. Hola, Amilcar! Me atrevo a seguir tu blog por tener varias afinidades: edad, Barone, idéntico motivo para escribir un blog, memoria crítica de la vida que no me pasa por el costado, ganas de participar aunque sea así, pues unas piernas en mal estado me impiden "marchar"... Buenas Pascuas, creas lo que creas.

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  2. ¡Gracias, Chela, por seguir mis ocurrencias! A veces no tengo más remedio que escribirlas porque sino explotaría ¡Felices pascuas para vos y tu familia!

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Los comentarios son bienvenidos pero me reservo el derecho de suprimir los que parezcan mal intencionados o de mal gusto